Derechos de las víctimas
En España, las víctimas de violencia de género tienen una serie de derechos específicos:
- Derecho a una ayuda económica para mujeres con especiales dificultades para encontrar un empleo.
- Derecho a la escolarización inmediata de los hijos si cambian de lugar de residencia.
- Derecho al cambio de apellidos o de identidad.
Además de los derechos anteriores:
Se puede llamar al 016 o escribir un WhatsApp al 600 000 016 para pedir información. Se atiende en diversos idiomas.
que incluye servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. El derecho a la asistencia social integral se reconoce también a los y las menores de edad que viven en entornos familiares donde existe violencia de género
con independencia de los recursos económicos que tenga. Se prestará de inmediato, en aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
Se garantiza la protección de las víctimas si se ven obligadas a abandonar su puesto de trabajo, bien con carácter temporal, bien con carácter definitivo, y se procura su inserción laboral en caso de que no estuviesen empleadas. También existen derechos relacionados con la Seguridad Social, en temas de cotizaciones y prestaciones.
Si al denunciarse una situación de violencia de género, se pusiera de manifiesto la situación irregular de la mujer extranjera
1. No se incoará el procedimiento administrativo sancionador por encontrarse irregularmente en territorio español (infracción grave).
2. Se suspenderá el procedimiento administrativo sancionador que se hubiera incoado por la comisión de dicha infracción con anterioridad a la denuncia o, en su caso, la ejecución de las órdenes de expulsión o de devolución eventualmente acordadas.